• ETAPA 1

    El TPP recibe una solicitud de movimientos, asociaciones, individuos y comunidades para activar un procedimiento de investigación.

  • ETAPA 2

    El TPP verifica la autonomía decisoria y operativa de los solicitantes respecto a los actores políticos y económicos externos. También evalúa la fiabilidad de la solicitud y el cumplimiento del mandato y las funciones establecidas en su Estatuto.

  • ETAPA 3

    El TPP abre la fase de instrucción durante la cual lleva a cabo investigaciones independientes sobre los asuntos sobre los que debe emitir una sentencia o una opinión consultiva. Informa a las partes acusadas de la solicitud recibida con una invitación a presentar su defensa. Convoca a los representantes del jurado para que comparezcan en la sesión pública, cuyo calendario y modalidades son definidas de acuerdo con las partes solicitantes.

  • ETAPA 4

    A efectos de la sesión pública, las realidades solicitantes documentan los casos y seleccionan a los testigos según un calendario discutido con la Secretaría General del TPP. Una vez finalizada la sesión, y tras examinar la documentación recopilada, los testimonios orales y los argumentos presentados por la defensa, la sala del Tribunal presenta su sentencia u opinión consultiva.

  • ETAPA 5

    El proceso concluye con el envío de la sentencia a las partes interesadas y a los organismos internacionales pertinentes.