El TPP toma en consideración las solicitudes presentadas por representantes de comunidades, minorías, pueblos, sociedad civil que han sido y/o son objeto de graves violaciones sistemáticas de sus derechos humanos y de los pueblos, por parte de gobiernos, actores institucionales y privados, y que no encuentran respuesta en iniciativas judiciales nacionales, regionales o internacionales.

El Tribunal tiene competencia a pronunciarse sobre crímenes de Estado, crímenes contra la paz y la humanidad, crímenes de genocidio, sobre violaciones graves y sistemáticas de los derechos y de las libertades de los individuos, pueblos y minorías. En el marco de los cambios producidos por la economía liberal y el mercado financiero, el Tribunal ha introducido en los últimos años una líneas de investigación específica sobre los crímenes económicos y corporativos, crímenes ecológicos y crímenes de sistema.

La función principal del Tribunal es la subsidiaria. Su actividad se debe a la ausencia de una jurisdicción internacional competente que se pronuncie en los casos de justicia de los pueblos. En sus sentencias, el Tribunal no se límita a la aplicación de las normas existentes, sino que destaca vacíos y límites del sistema internacional de protección de los derechos humanos con el fin de trazar su evolución.